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Importación y exportación · desde 2010

Cuando una operación se atora, cada día cuenta.

Mercancía retenida, un permiso que faltó o el padrón suspendido: revisamos tu caso y te decimos qué está pasando y cuál es el siguiente paso.

Leticia AcostaFundadora de MexPyme

Por qué se atora

Casi siempre empieza por algo pequeño.

Un dato, una etiqueta o un papel. Lo que lo vuelve grande es el tiempo que pasa sin atenderlo.

  • Un dato mal en la factura o en el valor

    Una descripción vaga, una cantidad que no cuadra o un valor que la autoridad pone en duda.

  • Una etiqueta sin la NOM

    La mercancía llega sin la información comercial que pide la norma.

  • Un permiso que faltó

    Un aviso o permiso de otra dependencia que no se tramitó a tiempo.

  • El padrón suspendido

    En 2026 se intensificaron las suspensiones y se sumaron causas nuevas.

  • Documentos del proveedor

    Falta el certificado de origen o la factura no coincide con lo que llegó.

  • Semáforo rojo con observaciones

    En el reconocimiento encuentran diferencias con lo declarado.

Padrón de importadores: Forvis Mazars, 1 de septiembre de 2026; Reglas Generales de Comercio Exterior 2026, regla 1.3.3, fracciones XLIX y L.

Cada día cuenta

La ley marca plazos, y conviene conocerlos.

Saber en qué punto estás te deja decidir con calma. Estos son los plazos más comunes cuando una operación se detiene.

Si tu mercancía está en depósito ante la aduana

Cuenta desde que el almacén la recibe. En tráfico marítimo, el abandono cuenta desde que termina la descarga.

  1. Día 0

    Queda en depósito

    Aquí empieza la cuenta.

  2. 2 días

    Almacenaje gratuito en importación

    Después, el almacenaje se cobra.

  3. 7 días

    Almacenaje gratuito en aduanas marítimas

    En exportación son 15 días.

  4. 2 meses

    Puede causar abandono a favor del Fisco

    En importación. Al vencer, la autoridad te notifica y tienes 15 días para retirarla; si no, pasa a ser del Fisco. En exportación son 3 meses.

Si te notificaron un acta

Cuenta desde el día siguiente a que surte efectos la notificación.

  1. Día 0

    Te notifican el acta

    Por ejemplo, de embargo precautorio o por una NOM de etiquetado.

  2. 10 días hábiles

    Para ofrecer pruebas y alegatos

    En el procedimiento administrativo en materia aduanera (PAMA).

  3. 30 días

    Para acreditar la NOM de información comercial

    Desde 2026 ya no se regulariza en el domicilio: la mercancía sigue retenida mientras.

Si tu caso ya tiene fecha, revisarlo pronto deja más margen para actuar. Revisar mi operación

Fuentes: Ley Aduanera, arts. 15, fr. V (almacenaje gratuito), 29, 30 y 32 (abandono), y 150 y 153 (pruebas y alegatos), texto vigente publicado por la Cámara de Diputados; Reglas Generales de Comercio Exterior 2026, regla 3.7.20 (NOM; Joffroy, 23 de junio de 2026). Los plazos exactos dependen del régimen, de la mercancía y de la fecha de cada notificación.

Cómo trabajamos

Qué hacemos cuando nos llega un caso.

Primero entendemos qué pasó. Luego te explicamos las opciones y coordinamos contigo los siguientes pasos.

  1. Paso 1: Revisamos documentos y estatus

    Factura, guía o BL, pedimento y lo que te haya notificado la autoridad. Ubicamos en qué punto está tu operación.

  2. Paso 2: Te explicamos qué pasa y qué opciones hay

    En palabras claras: qué la detuvo, qué caminos hay y qué implica cada uno.

  3. Paso 3: Coordinamos los siguientes pasos

    Con el agente aduanal y ante la autoridad: documentos, permisos, aclaraciones y lo que tu caso necesite.

  4. Paso 4: Cierre documental

    Dejamos tu expediente en orden y te decimos qué cuidar en la siguiente operación.

Lo que no depende de nosotros, no lo prometemos.

La liberación de la mercancía y los tiempos de resolución los decide la autoridad. Nuestro trabajo es que sepas dónde estás, que tu caso esté bien presentado y acompañarte en cada paso.

El despacho por cuenta de otra persona lo realiza un agente o una agencia aduanal con patente (Ley Aduanera, art. 159). Nosotros lo gestionamos con agentes aduanales aliados, según tu caso, y lo coordinamos contigo.

¿Vas empezando?

Tu primera importación, en cinco pasos.

Si apenas vas a importar, hacerlo en orden ayuda a evitar sorpresas en la aduana y en el costo.

  1. Paso 1: RFC y e.firma vigentes

    Son la base de cualquier trámite ante el SAT.

  2. Paso 2: Padrón de importadores

    El registro del SAT para importar. Algunos productos piden además el padrón sectorial.

  3. Paso 3: Fracción arancelaria, NOM y permisos

    Se definen antes de comprar: de la fracción dependen los impuestos, las normas y los permisos.

  4. Paso 4: Costo total

    Producto, flete, seguro, impuestos y aranceles, incluidos los de 2026 a países sin tratado.

  5. Paso 5: Transporte y despacho

    Elegimos la ruta y coordinamos tu despacho aduanal hasta que la mercancía llega a destino.

Aranceles 2026

5 a 50 %

Desde el 1 de enero de 2026, unas 1,463 fracciones pagan un arancel en ese rango si vienen de países sin tratado comercial con México, como China, India o Corea. El arancel exacto depende de la fracción y del origen.

Lo que viene

15 de enero de 2027

Está previsto que la Manifestación de Valor Electrónica sea obligatoria para la importación definitiva a partir de esa fecha.

Cuéntanos qué quieres importar y te decimos por dónde empezar.

Quiero empezar bien

Padrón de importadores: Ley Aduanera, art. 59, fr. IV. Aranceles a países sin tratado: decreto publicado en el DOF el 29 de diciembre de 2025, vigente desde el 1 de enero de 2026 (El Imparcial). Manifestación de Valor Electrónica: versión anticipada de la 3.ª modificación a las RGCE 2026, aún sin publicar en el DOF (Holland & Knight, 30 de septiembre de 2026).

Retrato de Leticia Acosta Sánchez.
Leticia Acosta SánchezFundadora y directora general

Quién está detrás

¿Quién está detrás de MexPyme?

MexPyme es la empresa de Leticia Acosta, su fundadora y directora general. Desde 2010 acompaña a empresas que importan y exportan: revisa documentos, gestiona permisos y NOM, y coordina el transporte y el despacho aduanal.

  1. 2010

    Nace como sociedad civil que comercializa y exporta productos de pymes y artesanías mexicanas, y ya ofrece comercio exterior y aduanas.

  2. 2020

    Suma un perfil legal y regulatorio: clasificación arancelaria, NOM, COFEPRIS y padrón de importadores.

  3. Hoy

    MexPyme · International Business & Logistics.

Lo que hacemos

  • Despacho aduanal y cumplimiento
  • Transporte internacional de carga
  • NOM, permisos y regulaciones
  • Consultoría en comercio exterior
  • Compras internacionales y proveedores
  • Almacenaje y distribución
  • Seguros de carga
  • Rastreo y seguimiento

Productores y Microempresarios Mexicanos Mexpyme, S.C.RFC PMM1002045T8 · Ciudad de México

LinkedIn de Leticia Acosta

Después de enviar

Qué pasa cuando nos dejas tus datos.

Te escribimos desde el

55 3905 3993

Guárdalo para reconocernos. Lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 h

  1. Recibimos tu caso

    Al momento te llega un correo con tu folio.

  2. Te escribimos por WhatsApp

    O te llamamos o escribimos por correo, si así lo prefieres.

    Si tu operación está detenida, lo hacemos el mismo día hábil; si no, en menos de 24 horas hábiles.

  3. Revisamos tu operación

    Con los documentos que tengas a la mano, te decimos qué está pasando.

  4. Te proponemos el siguiente paso

    Con opciones claras, para que decidas con información.

No te pediremos tu e.firma ni contraseñas. Los documentos de tu operación te los pedimos después y te decimos por dónde compartirlos.

Revisa tu operación

Cuéntanos qué está pasando.

Son dos pasos. Con tus respuestas llegamos preparados a la primera conversación.

Lo que te pediremos · dos pasos

  • Tu operación: qué necesitas, en qué etapa está, mercancía y país.
  • Si está detenida: qué pasa, dónde está y si hay acta.
  • Cómo contactarte: nombre, WhatsApp y correo.

¿Prefieres escribir directo? Mándanos un WhatsApp al 55 3905 3993.

Aviso de privacidad simplificado. Productores y Microempresarios Mexicanos Mexpyme, S.C. (MexPyme), con domicilio en Calle Siracusa 240, Edificio J3, Int. 304, Col. San Nicolás Tolentino, C.P. 09850, Iztapalapa, Ciudad de México, es responsable de tus datos. Te pedimos datos de contacto y de tu operación, incluido el valor aproximado de la mercancía; ningún dato sensible. Los usamos para contactarte y revisar tu operación. Si lo autorizas, también para enviarte novedades y, si no te opones, para medir nuestros anuncios en Meta, sin tu nombre ni tus datos de contacto. Para negarte o limitar su uso, escribe a contacto@mexpyme.com.mx. Consulta el Aviso de Privacidad integral (versión 1, 12 de octubre de 2026).

Paso 1 de 2 · Tu operación

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Valor aproximado de la mercancía

Este paso no pide tus datos de contacto.

Preguntas frecuentes

Antes de que nos escribas.

¿Cobran la revisión?

Depende de tu caso. En la primera conversación te decimos si la revisión tiene costo y cuánto, antes de empezar cualquier trabajo.

¿Atienden todo México?

Estamos en la Ciudad de México y la revisión la hacemos a distancia, por WhatsApp, llamada o correo, así que puedes escribirnos desde cualquier estado. Si tu caso necesita a alguien en una aduana o puerto en particular, te decimos desde el inicio cómo lo coordinamos.

¿Qué documentos conviene tener a la mano?

Los que ya tengas: factura comercial, lista de empaque, guía aérea o conocimiento de embarque (BL), pedimento si ya existe y cualquier acta o notificación de la autoridad. No los mandes por el formulario: te diremos por dónde compartirlos.

¿Qué pasa con mis datos?

Los usa el equipo de MexPyme para contactarte y revisar tu operación, con el apoyo de los proveedores que operan este formulario, como dice el Aviso de Privacidad. No te pediremos tu e.firma, contraseñas ni números de cuenta.

¿Desde qué número me van a escribir?

Desde el 55 3905 3993, por WhatsApp o llamada, como lo hayas elegido. Atendemos de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 h.